28/01/2021 | Noticias | Política

Ley de Góndolas: cuáles son las pautas generales que el gobierno estableció para su aplicación

La Secretaría de Comercio Interior determinó que los comercios alcanzados serán aquellos con superficie de venta superior a los 800 metros cuadrados y que la exhibición de los artículos de un mismo grupo económico no debe superar el 30% en su categoría.


La Secretaría de Comercio Interior estableció las primeras especificaciones para la implementación de la Ley de Góndolas, que tiene como objetivo brindar una mayor oferta en las grandes cadenas de supermercados y posibilitar un trato equitativo con las pequeñas y medianas empresas (pymes), cooperativas y emprendimientos de la agricultura familiar.

Lo hizo a través de la Resolución 110/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial, que determinó la superficie mínima que deben tener los comercios alcanzados por las disposiciones establecidas por la ley, cuáles serán los productos y cómo estarán conformadas las categorías.

Además, resolvió que la Subsecretaría de Acciones Para la Defensa de las y los Consumidores será la encargada del control y vigilancia de esta medida.

Según la resolución, la superficie mínima de venta al público que deben tener los comercios alcanzados por la ley será de 800 metros cuadrados, medidos desde la línea de cajas, y descontando los depósitos y espacios exclusivos para su personal.

Con estos criterios, se apunta a que los establecimientos comerciales alcanzados por la legislación sean aquellos de formatos de comercialización medianos e hipermercados.

Asimismo, la normativa estableció que serán alcanzados por la ley todos los productos alimenticios -excepto carnes, pescados y mariscos-, bebidas, artículos de higiene y cuidado personal y de limpieza del hogar. La resolución también definió cómo será el agrupamiento de esos productos en categorías o góndolas.

En los próximos días ambos listados serán publicados en la página web de la Secretaría de Comercio Interior y serán actualizados periódicamente, de modo que puedan ser consultados libremente.

Por último, se definió que los productos que se comercialicen bajo el programa Precios Cuidados quedan excluidos de estas especificaciones, y tendrán criterios particulares de exhibición que elaborará el área que conduce Paula Español.

Los comercios tienen un plazo de 90 días contados a partir del 15 de diciembre pasado -la fecha en que se reglamentó la Ley- para adaptar sus estructuras a las condiciones que se determinan en esta resolución y así cumplir con las exigencias de la legislación.

Entre otras cosas, la Ley de Góndolas determina que los comercios alcanzados deberán ofrecer al menos cinco productos de distintos grupos económicos por categoría; y que la exhibición de los artículos de un mismo grupo económico no debe superar el 30% de la superficie en su categoría.

También establece que se destine al menos un 25% del espacio de exhibición para productos de pymes; y que como mínimo un 5% del espacio de las góndolas sea para artículos de empresas de agricultura familiar, campesina, indígena y de la economía popular.


Ver artículo completo

Te puede interesar

Pinamar: el intendente rechazó el fallo que prohíbe cuatriciclos y 4x4 en La Frontera y defendió la actividad motorizada

02 de febrero. Juan Ibarguren anticipó que apelará la medida cautelar del Juzgado Civil y Comercial Nº 4 de Dolores que suspendió las actividades motorizadas en La Frontera. Afirmó que se trata de una práctica “cultural” de Pinamar, defendió su impacto económico y pidió más controles en lugar de prohibiciones.

Dolores: el intendente anunció un aumento del 10% para los trabajadores municipales

02 de febrero. El intendente Juan Pablo García confirmó un nuevo incremento salarial que se cobrará con los haberes de febrero. El aumento impacta en el sueldo básico, alcanza a jubilados municipales y consolida una recomposición que quedó por encima de la inflación.

Del empleo estable al rebusque permanente: la crisis cambia la forma de trabajar en la Argentina

25 de enero. El avance del cuentapropismo, la informalidad y los trabajos fragmentados ya no es una excepción sino una regla. Casi la mitad de los ocupados trabaja fuera del empleo formal tradicional, en un mercado laboral que se reconfigura al ritmo de la crisis económica.

Dolores: el Intendente redujo el sueldo de la planta política y comenzó su licencia por vacaciones

05 de enero. El intendente Juan Pablo García dispuso una reducción salarial que incluye a su propio cargo como parte de una política de austeridad y ordenamiento financiero. Desde este lunes se encuentra de licencia y será reemplazado por Guillermo Ibarra hasta el 15 de enero.

Un ex intendente de General Madariaga fue condenado por defraudación a la administración pública

02 de enero. Cristian Popovich, que gobernó el distrito entre 2009 y 2015, recibió una condena excarcelable de 2 años y 6 meses, más la inhabilitación para ejercer cargos públicos.

El intendente de General Lavalle reclamó a ABSA por las deficiencias en el servicio de agua potable

02 de enero. Nahuel Guardia solicitó una reunión con las autoridades de la empresa prestadora del servicio para evaluar una posible cooperación en la realización de obras que sean necesarias para evitar la falta de presión y la interrupción total del suministro.

Dolores: el intendente impulsa una ordenanza con multas y secuestros por ruidos molestos de motos y autos

29 de diciembre. A instancias de Juan Pablo García, el Concejo Deliberante tratará esta tarde una normativa que “incorpora nuevas herramientas para combatir la contaminación sonora y mejorar la seguridad vial”.

¿Qué municipios de la Quinta Sección publican sus datos fiscales y presupuestarios? El informe que mide la transparencia

29 de diciembre. Un informe de la Asociación Argentina de Presupuesto y Administración Financiera (ASAP) evaluó la transparencia fiscal de los 135 municipios bonaerenses y determinó que 13 comunas de la Quinta Sección cumplen con la publicación completa de datos presupuestarios y de ejecución, mientras que otras presentan niveles medio, bajo o nulo de cumplimiento.