El Gobierno oficializó hoy los bonos de hasta $ 10.000 en dos cuotas para los jubilados que cobran la mínima y de $ 2000 para los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), mediante la publicación del decreto 73/2019 en el Boletín Oficial.
"Otórgase un subsidio extraordinario por un monto máximo de $ 5000 que se abonará en el mes de diciembre de 2019, y por un monto máximo de $ 5000 que se abonará en el mes de enero de 2020", dice el primer artículo del decreto, firmado por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Trabajo, Claudio Moroni.
El texto especifica que los beneficiarios serán los que reciben "las prestaciones previsionales del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)", los que reciben "la Pensión Universal para el Adulto Mayor", de "pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o hijas o más, y demás pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la Anses".
El subsidio extraordinario será abonado "a quienes perciban un único beneficio y éste se encuentre en curso de pago en el mismo mensual en que se liquidará dicho subsidio", y para quienes "perciben hasta el haber mínimo" el monto será "equivalente a $ 5000".
En tanto, "para aquellos y aquellas que perciban un haber superior al mínimo, será igual a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $19.067,93", explica el texto divulgado por la Agencia Télam.
Por ejemplo, un jubilado que cobra la mínima recibirá el bono de $ 5000. Mientras tanto, otro que cobrará habitualmente unos $1.000 por encima de la mínima, $15.068 brutos, percibirá un bono de $ 4.000. Quienes ganan $ 16.068, tendrán $ 3.000. Así, hasta garantizar el piso de $ 19.068 en diciembre.
En el caso de pensión, recibirán "como único titular a los fines del derecho a este subsidio, percibiendo cada copartícipe el porcentaje de coparticipación correspondiente".
Por otra parte, el Gobierno otorga "un subsidio extraordinario, por única vez, por un monto de $ 2000 que se abonará en el mes de diciembre del corriente año calendario, a los y las titulares de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, por cada hijo o hija y hasta el quinto o quinta inclusive, y/o de la Asignación por Embarazo para Protección Social previstas en la Ley N° 24.714, sus modificatorias y complementarias".
Los titulares de esos beneficios recibirán el subsidio extraordinario siempre que la percepción de dichas asignaciones se haya efectivizado en el mensual diciembre de 2019.
El pago de los subsidios extraordinarios estará a cargo de la Anses y no serán susceptibles de descuento alguno, ni computables para ningún otro concepto.
Asimismo, los subsidios extraordinarios no alcanzan a los Regímenes de Retiros y Pensiones de las fuerzas policiales o del Servicio Penitenciario de las provincias cuyos sistemas de previsión fueron transferidos al Estado nacional.
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