Dolores: controlarán la restricción de actividades entre la 1:00 y las 6:00
La comuna adhirió a las disposiciones de la Provincia. Sólo las farmacias y estaciones de servicio podrán permanecer abiertas las 24 horas.
La municipalidad de Dolores informó que a partir de hoy rigen las nuevas medidas dispuestas por la provincia de Buenos Aires, de acuerdo con el Decreto de Necesidad y Urgencia Presidencial 4/21.
De acuerdo con el texto “se restringe el horario de actividades artísticas, deportivas, culturales, sociales, recreativas, familiares o comerciales de 01:00 a 06:00”.
En este sentido, sólo las farmacias y estaciones de servicio (despacho de combustible) estarán habilitadas a permanecer abiertas las 24 horas.
Si bien no se restringe la circulación, la información de la provincia habla de “restringir el uso de transporte de pasajeros urbano a personas alcanzadas por las actividades y servicios definidos como esenciales”.
La gobernación señaló la necesidad de “reforzar todos los controles, tanto provinciales como municipales, para disminuir la circulación de personas en horarios nocturnos y evitar la realización de actividades no permitidas” e indicó que “las denuncias de fiestas clandestinas se reciben a través del 911 y de la línea (221) 429-3386, dispuesta por el Ministerio de Seguridad, la cual funciona viernes, sábados y domingos de 22.00 a 06.00 horas exclusivamente para este tipo de delitos”.
En el caso de fiestas o reuniones que vulneren lo permitido legalmente en el marco de las medidas de “aislamiento social preventivo y obligatorio” y de “distanciamiento social preventivo y obligatorio” en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, además de las sanciones previstas en el art. 205 del Código Penal, podrán aplicarse multas de hasta tres millones trescientos sesenta y cuatro mil pesos ($3.364.000), tanto a los asistentes, organizadores como a los propietarios de los inmuebles donde se realicen.