Mercado Pago: por qué ya no se podrán vincular las cuentas bancarias a la app
No se podrá acceder al “Débito Inmediato”, aunque sí se podrá ingresar dinero de otras maneras. Los detalles.
Los usuarios de Mercado Pago recibieron este miércoles un comunicado donde se les informaba que, a partir del 1 de diciembre no se podrá utilizar más la opción de “Débito Inmediato”, lo que permitía vincular cuentas bancarias -es decir tarjetas de débito- a la aplicación.
Según lo anunciado, la medida se da en consecuencia de una nueva normativa del Banco Central de la República Argentina (BCRA).
“Por una norma del Banco Central, desde el 1 de diciembre ya no tendrás vinculada tu cuenta bancaria a Mercado Pago” expresa el título del comunicado que recibieron por mail los usuarios.
A su vez, en el cuerpo del mensaje detalla: “Las nuevas normativas "A" 7514 y "A" 7841 del BCRA afectarán a más de 4 millones de personas que usan Débito Inmediato para ingresar dinero a sus cuentas de Mercado Pago”.
El mensaje, además, expresa que se podrá seguir ingresando dinero en la cuenta mediante transferencia bancaria, que es “gratuita y se acredita al instante”. “Estamos esperando una respuesta del Banco Central para solucionar el problema”, expresaron desde Mercado Pago.
LA NORMATIVA
La normativa "A" 7841, publicada el 14 de septiembre por el Banco Central, expone: “Disponer que los participantes de los esquemas de transferencias inmediatas que utilicen el débito inmediato (DEBIN) recurrente para posibilitar a sus clientes el ingreso a sus cuentas de fondos provenientes de cuentas propias habilitadas en otros proveedores deberán –antes del 1.12.23– discontinuar dicha operatoria y habilitar a sus clientes el servicio de transferencia inmediata 'pull'”.
Y agrega: “Asimismo, deberán presentar ante la Subgerencia General de Medios de Pago –en el término de 15 días desde la difusión de la presente resolución– un plan de adecuación que detalle cómo migrarán el 100 % de los usuarios que usen DEBIN recurrente como herramienta de fondeo de cuentas propias”.
A su vez, la normativa "A" 7514, establecida en 2022, también expresa: “Establecer que todos los administradores de esquemas de transferencias inmediatas deberán implementar los mecanismos para: a) Cursar –desde una cuenta a la vista o de pago– solicitudes o pedidos de fondos (transferencias inmediatas “pull”) que permitan, mediante el débito de la cuenta –a la vista o de pago– del cliente receptor de la solicitud y luego de que este la haya autorizado, la acreditación inmediata de los fondos en la cuenta del cliente solicitante”.