Lunes 25 de noviembre de 2024
18 OCT 2023 - 17:16 | Sociedad
Judiciales

Mar Chiquita: condenaron a un hombre a 14 años de prisión por abusar de la hija de su pareja

Los hechos ocurrieron entre 2012 y 2013 en Coronel Vidal, cuando la nena tenía 8 años.

La Justicia comprobó los hechos ocurridos hace 10 años.

El Tribunal Oral Nº 3 de Mar del Plata condenó a 14 años de prisión a un hombre acusado de haber abusado sexualmente de la hija menor de edad de su pareja, en una serie de hechos ocurridos entre 2012 y 2013 en Coronel Vidal.

De acuerdo al fallo de los jueces Federico Wacker Schroder, Fabián Riquert y Juan Manuel Sueyro, al que accedió el diario La Capital de Mar del Plata, el hombre -cuyos datos filiatorios no se publican para proteger la identidad de la víctima- aprovechó “la situación de convivencia preexistente con la nombrada y abusó sexualmente de ella y en más de una oportunidad.

De acuerdo a la prueba exhibida en el juicio oral que finalizó días atrás, todo ocurrió en una vivienda de Coronel Vidal, cuando la joven era una niña de entre 8 y 9 años. Bajo ejercicio de la violencia física, la intimidación y las amenazas, el hombre violó a la menor sistemáticamente mediante tocamientos y al menos en cinco oportunidades a través del acceso carnal.

Durante el debate también se cuestionó el rol de la madre de la víctima, a quien los investigadores señalaron como una promotora de los abusos. A la mujer se la había acusado de “vestir a su hija en forma provocativa -conforme la edad que tenía en ese momento-, haciéndola bailar frente a otros sujetos de sexo masculino mayores de edad en fiestas que organizaba en su vivienda quienes le levantaban la pollera y le decían cosas como ‘vení’, ‘tengo algo para vos’, ‘sos igual a tu mamá'”.

Los testigos -entre ellos la abuela materna de la damnificada- corroboraron la existencia de los hechos, pero mencionaron que la mujer padecía trastornos mentales y también era víctima de violencia de género por parte del hombre.

Al evaluar los indicios demostrados en el proceso, los jueces consideraron que la actitud de la madre de la joven fue, en rigor, pasiva frente a la situación que sufría su hija, pero no consideraron probado delito alguno, ya que la promoción de la corrupción de un menor debe constituirse por acción directa y no por omisión, como señalaron que sucedió en este caso.

Según quedó probado, para violar a la niña -nacida en 2004- el hombre la amenazaba con matar a su abuela y hacerle daño a su hermana.