Mar del Plata reguló por decreto la tenencia de perros “peligrosos”
El intendente creó un registro en el que los dueños deben anotar a esta clase de animales, estableció regulaciones y requisitos para ser sus dueños y fijó multas para casos de mordeduras o ataques. Qué razas son consideradas “peligrosas”.
La norma fue impulsada por el jefe comunal Carlos Arroyo a partir de los graves hechos protagonizados por esta clase de canes que se produjeron en los últimos meses en Mar del Plata. La normativa establece que quien tenga el animal –sin importar si es el verdadero propietario– es responsable de todos los daños, perjuicios o molestias que genere a otras personas, según informó La Capital.
El registro Municipal Canino (Remnca) será instrumentado por el Departamento de Zoonisis y allí deberán estar inscriptos todos los perros de las razas consideradas “peligrosas”, como airedale terrier, akita inu, american staffordshire terrier, american pitbull terrier, boxer, bullmastiff bullterrier, cane corso, doberman, dogo argentino, dogo alemán, dogo canario, presa canario, dogo de Burdeos, gran danés, fila brasileiro, gran perro japonés, kuvas, mastín inglés, mastín napolitano, ovejero alemán, ovejero belga, pastor del Cáucaso, rottweiller, san Bernardo, schanuzer gigante, viejo pastor inglés y bull terrier.
También considera de la misma manera a las cruzas de cualquiera de estas razas y a los animales que, sin pertenecer a alguna de ellas, hayan sido entrenados para defensa o ataque. Lo mismo que los animales que registren más de dos mordeduras en el transcurso de un año “en circunstancias que demuestren su agresividad”.
Para ser propietario y/o tenedor de un “perro temperamental y/o con extrema fuerza mandibular” se debe ser mayor de 18 años, no tener antecedentes por infracciones graves relacionados con la tenencia de animales, contar con un certificado psicofísico extendido por profesionales de la salud y hasta participar de un curso dictado por el Centro Municipal de Zoonosis.
Además, los propietarios deberán colocar un microchip en el animal antes de los 8 meses de vida. Allí constarán todos los datos del animal, del propietario y del veterinario. También tendrán que esterilizar a los animales y utilizar un collar de ahorque y un bozal para circular por la vía pública. Además, el decreto menciona la obligatoriedad de contratar un seguro de responsabilidad civil por posibles daños o perjuicios contra terceros.
El decreto de Arroyo indica que no podrán habitar en una misma casa más de dos perros potencialmente peligrosos, salvo una autorización especial. Ni siquiera se podrá circular por la vía pública con dos perros de ese tipo. En otro artículo, la norma prohíbe el ingreso de animales (en general, no sólo los potencialmente peligrosos) a las playas y balnearios marplatenses.
Asimismo, el jefe comunal estableció multas para quienes incumplan la normativa para la tenencia de perros. El responsable de un animal que provoque heridas por mordeduras o rasguños a cualquier persona tendrá que pagar una multa, cuyo monto será especificado en US (Unidades de Sanción), que equivale al precio en el mercado de un litro de nafta clase premium de YPF (hoy, en $ 57,84). La multa en este caso puede ir de los 500 US (unos $ 29.000) a los 1000 US (unos $ 58.000).