La justicia de la Ciudad de Buenos Aires clausuró ayer un sanatorio ubicado en Lavalle 1686, en pleno centro de la ciudad, donde se encontraron 7 cadáveres en avanzado estado de descomposición por desperfectos en las cámaras refrigeradoras.
La Unidad Fiscal Especializada en Materia Ambiental (Ufema), interinamente a cargo de Hernán Biglino, ordenó una inspección en el Sanatorio “Ramón Cereijo” de la Red BASA, a raíz de las denuncias de vecinos por la generación de olores fétidos que afectaban a las viviendas linderas, y perjudicaban las condiciones medio ambientales, señaló un comunicado oficial.
Se verificó que todas las muertes fueron por causas naturales, constatándose que el fallecimiento más antiguo tenía más de un mes, según informó la Agencia Télam. Fuentes de la Fiscalía confirmaron el traslado de los cuerpos a la morgue judicial y a otros establecimientos privados con cámaras refrigeradoras.
La inspección fue realizada por el Cuerpo de Investigaciones Judiciales del Ministerio Público Fiscal y la División Delitos contra la Salud de la Policía de la Ciudad, con la participación de inspectores de la Dirección General de Fiscalización y Control (DGFyC), Dirección General de Control Ambiental (Dgconta) y personal del Ministerio de Salud.
En el procedimiento se verificó que el establecimiento funcionaba a pesar de la vigencia de una clausura impuesta por la DGCFyC con fecha 21/09/2021, y se pudo establecer que los olores nauseabundos provenían de un sector donde se mantenían 7 cadáveres sin la debida refrigeración y condiciones de mantenimiento.
Se dispuso el cese de la actividad del sanatorio, con la clausura preventiva del recinto donde se encontraban los cuerpos, previa constatación de las causales de los óbitos y de la documentación pertinente, hasta que se cumpla con la intimación de reubicación en otro establecimiento en condiciones o provisoriamente en la Morgue Judicial, con el anoticiamiento de los familiares y del Juzgado interviniente.
Asimismo, se procedió al secuestro de documentación y elementos de las maniobras ilícitas constatadas, que prima facie el fiscal Biglino las calificó como constitutivas de las contravenciones previstas en los arts. 56 y 82 inciso "a" del Código Contravencional, imputando al director del sanatorio, como así también a la persona jurídica que explota el establecimiento.
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