Será hasta el 31 de octubre de 2019, así lo confirmó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que implementó esta nueva normativa, a través de la Resolución General 4580 publicada en el Boletín Oficial.
La medida incluye en la lista de entidades que podrán acceder al plan de pago a asociaciones, fundaciones, cooperadoras, institutos de vida consagrada, asociaciones simples, entidades religiosas y la Iglesia Católica.
Se prevé la suspensión, hasta el 11 de noviembre inclusive, de la traba de medidas cautelares y las entidades podrán disponer libremente de las sumas previamente embargadas.
También oficializará estos beneficios para quienes sean categorizados por la AFIP como "potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa Tramo I y II". A partir de ahora, todas estas entidades y contribuyentes podrán ingresar en el Plan de Pagos Amplio para deudas vencidas hasta el 15 de agosto y con una tasa máxima del 2,5% mensual.
El primer pago del nuevo plan se hará en diciembre próximo. Para este grupo de contribuyentes, se contempla un plazo máximo de hasta 10 años sin ningún pago a cuenta.
Además, se prevé la suspensión, hasta el 11 de noviembre inclusive, de la traba de medidas cautelares. También, podrán disponer libremente de las sumas previamente embargadas.
16 de diciembre. Uno de ellos es menor de edad. El propietario había notado que le faltaba el teléfono móvil y divisó a los delincuentes escapando hacia la Ruta 11 en bicicleta.
16 de diciembre. Está abierta la inscripción los profesorados de nivel secundario que se dictan en el ISFD 168-Escuela Normal. El trámite se realiza de lunes a viernes en horario vespertino y requiere documentación específica según la carrera.
15 de diciembre. Los vecinos del barrio Parque Hermoso alertaron sobre la situación. La mujer tenía 64 años y habría asesinado la muerte de unos 28 animales.
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