Miramar: la Suprema Corte confirmó la absolución de los imputados por el caso de abuso en el Camping El Durazno
Con esta decisión queda revocado el fallo de Casación que había ordenado llevar a cabo juicio. Los jóvenes habían sido encontrados “no culpables” en 2019 por un jurado popular.
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires reafirmó que los juicios por jurados no pueden ser apelados al revocar el fallo de Casación que ordenaba la realización de un nuevo juicio por el caso del Camping El Durazno en Miramar, en el que tres jóvenes fueron acusados de abusar de una menor de edad.
De esta manera, se confirmó la decisión de no culpabilidad que habían tomado los 12 miembros de un jurado popular en diciembre de 2021 respecto a Lucas Pitman, Tomas Jaime y Juan Cruz Villalba.
La inconsistencia del pronunciamiento de Casación, que no analizó adecuadamente la intervención de la Asesora de Incapaces ni la presencia de un perjuicio efectivo durante la declaración de la víctima, la falta de correlación entre las normas citadas en la decisión de Casación y lo efectivamente fallado, especialmente considerando que se objetaba un veredicto de no culpabilidad emitido por un jurado popular y la omisión de considerar la inconstitucionalidad del juzgamiento por jurados en casos como éste y la normativa que impide a los particulares damnificados impugnar fueron algunos de los principales argumentos de la Suprema Corte para este fallo.
El 23 de diciembre del 2021, los jueces Ricardo Borinsky y Víctor Horacio Violini de la Sala III de Casación declararon nulo el veredicto del 17 de septiembre en el que un jurado popular declaró no culpables a Lucas Pitman, Tomás Jaime y Juan Cruz Villalba. Para fundar la medida, el tribunal tuvo en cuenta la falta de intervención de la Asesora de Menores durante la declaración de la menor en el proceso. En ese mismo fallo, los magistrados ordenaron que se realizara un nuevo debate.
Ahora la Suprema Corte aceptó el planteo de Noelia Agüero, la defensora de Pitman, que se opuso a lo solicitado por Maximiliano Orsi, particular damnificado. Orsini había apelado el veredicto por creerlo nulo debido a que supuestamente se le había negado la participación a la Asesora de Incapaces para acompañar a la menor durante su testimonio en el juicio. Sin embargo, para la Suprema Corte la Asesora de Incapaces estuvo presente durante la declaración de la víctima en calidad de observadora Se destaca que la Asesora, al no protestar en ese momento, aceptó esta función asignada por el juez. Por lo tanto, su presencia fue validada por su propia conducta, lo que lleva a concluir que no hubo objeciones reales a su participación durante la declaración de la víctima.
“En atención a que los argumentos traídos a esta Corte resultan análogos a los expuestos por la doctora Agüero, cabe tener por reproducidos los fundamentos dados al resolver la cuestión precedente pues las alegaciones de los doctores Bernat y Giménez (Martín y Marcelo, defensores de los otros dos imputados) también son demostrativas de que la nulidad del juicio celebrado y su reenvío, afecta la garantía del ne bis in idem”, dijo la Suprema Corte.
EL CASO
El caso ocurrió en el camping “El Durazno” de Miramar durante la madrugada del 1 de enero de 2019.
Tras los festejos por el Año Nuevo, cerca de las 6 de la mañana la adolescente de 14 años fue buscada por su padres, quienes estaban alarmados porque no había regresado al sitio donde se alojaba la familia, y encontrada en el interior de una carpa azul ubicada junto a una combi marca Renault Traffic.
Según la denuncia posterior, la menor estaba acompañada de más de un joven. No trascendió entonces cuántos eran. Desde las primeras horas los cinco marplatenses quedaron detenidos, pero semanas más tarde, con el arribo de los estudios de ADN (y el relato de los imputados), dos de ellos quedaron en libertad y los sobreseyeron.
La ciencia forense determinó que había semen de Pitman en el cuerpo o prendas de la menor, quien a su vez reconoció a Villalba como otro de los que había tenido relaciones sexuales con ella. Respecto a Jaime, fue él mismo el que admitió -como Pitman- que había participado pero que el contacto había sido consentido.
El 22 de enero siguiente, al vencerse el plazo para solicitar la prisión preventiva de los imputados, la Justicia decidió que dos de ellos recuperasen la libertad y fueran sobreseídos y apartados de la causa. En tanto, tres meses después concedieron el arresto domiciliario a Jaime, Pitman y Villalba.
En septiembre de 2021, se llevó a cabo el juicio por jurados, modalidad elegida por los tres acusados, y doce ciudadanos civiles concluyeron que eran “no culpables”.