Las condenas a prisión perpetua contra Adrián Svich y Diego Daniel Buzzo, los dos sentenciados por el abuso y crimen de la adolescente Mara Sofía Mateu en Santa Teresita (Partido de La Costa) en 2008, fueron confirmadas luego de que el Tribunal de Casación bonaerense rechazara la apelación presentada por Svich.
A 18 años del brutal crimen, los jueces Ricardo Borinsky y Víctor Horacio Violini, de la Sala III del Tribunal de Casación Penal, dictaminaron de forma unánime que se confirman las penas de ambos acusados luego de rechazar un pedido para revisar su condena por parte de la defensa de Svich y de la fundación Innocence Project Argentina.
En el escrito, el sentenciado solicitó la colaboración de Innocence Project Argentina, una organización que “defiende personas inocentes condenadas en causas penales debido a errores, insuficiencia o inconsistencias en las investigaciones seguidas en la etapa preparatoria y durante el juicio”, según reza en su sitio web. El propósito de Svich era que dicha fundación realice un nuevo análisis para demostrar que no estuvo en la escena del crimen.
El documento al que accedió la agencia Noticias Argentinas indica que años atrás “se presentan ante esta instancia casatoria los defensores particulares el doctor Carlos Manuel Garrido, Presidente de la Fundación Innocence Project Argentina y la doctora Micaela Prandi, en representación del condenado Adrián Darío Svich, promoviendo acción de revisión”.
Los dos argumentan que “la acción de revisión propuesta se basa en una prueba nueva -que acompañan- y otra que ofrecen, que determinaría que el condenado no participó en los hechos que le fueran imputados”.
Sin embargo, los jueces expresaron que el rastro de ADN hallado en su camisa es suficiente para constatar su responsabilidad en el abuso y crimen de Mateu. “Lo que se presenta como una prueba novedosa, es en realidad, una nueva interpretación de los elementos ya analizados en el veredicto condenatorio y en las diversas instancias recursivas”, detallaron.
Además, los jueces sostuvieron que “la defensa no logra argumentar en forma suficiente que con el informe que ofrece, el resto del material probatorio tenido en cuenta y valorado, pierde virtualidad”.
La satisfacción del padre de Mara
Leonidas Mateu, padre de Mara, compartió su emoción y gratitud tras conocer la decisión judicial. “Todavía estoy medio en el aire, entre la alegría y la tristeza. Son sentimientos encontrados. Por un lado, el alivio de saber que la justicia actuó; por el otro, el dolor que nunca desaparece”, señaló en declaraciones reproducidas por Opinión de la Costa.
“Este tipo de causas son infinitas en el tiempo. Los que están presos están continuamente solicitando cosas, y están en su derecho, pero eso deja a los familiares de las víctimas en una suerte de incertidumbre permanente. No sabemos cómo va a actuar la justicia, porque al final de todo siempre hay un ser humano detrás de esas decisiones”, indicó. “Una vez más, la justicia actuó con conciencia. Y eso nos devuelve esperanza”, agregó.
Mateu también aprovechó la oportunidad para agradecer a quienes lo acompañaron durante todos estos años: “A Marino (Alejandro Cid), nuestro abogado, que no aflojó nunca y a los medios que siempre nos acompañaron. Yo voy a ser un agradecido eterno. Gracias a todos los que no se olvidan de Mara”.
El crimen de Mara Mateu
El 23 de marzo de 2008 la adolescente salió de su casa para ir a un cyber y al día siguiente su cuerpo fue hallado en una zona de médanos, con signos de abuso sexual y asfixia.
La autopsia determinó que Mara fue golpeada, violada y estrangulada con las manos y un cordón de su zapatilla. Además, los forenses confirmaron que la víctima se defendió.
Años después Svich fue condenado a prisión perpetua por el delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por la cantidad de intervinientes y homicidio criminis causa”.
Mientras que Buzzo fue hallado culpable por “robo agravado por el uso de arma cuya aptitud para el disparo no pudo acreditarse, abuso sexual con acceso carnal agravado por la cantidad de intervinientes, hurto y homicidio criminis causa”.
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