20/08/2025 | Noticias | Sociedad

Tragedia de la Ruta 88: la Justicia determinó que el médico de Mar del Plata que murió había consumido cocaína y circulaba a alta velocidad

“Existen varias situaciones que necesitan ser aclaradas”, señaló el juez, que liberó al camionero que no tenía licencia ni VTV, aunque sigue imputado por homicidio culposo agravado a raíz del accidente del 8 de junio pasado, en el que también falleció el hijastro de Diego Quirós.


La Justicia dictó la falta de mérito y liberó al camionero Raúl Lozano García, que estaba detenido e imputado de homicidio culposo agravado por el accidente ocurrido el 8 de junio pasado en la Ruta 88, y en el que fallecieron Diego Quirós e Iñaki Mendizábal, el hijo de 8 años de su esposa. Una resolución del juez de Garantías de Mar del Plata, Daniel de Marco, determinó que el reconocido médico marplatense había consumido cocaína y circulaba a alta velocidad.

Quirós, que tenía 57 años y era CEO de Imágenes MDQ, conducía su automóvil Mercedes Benz GLA 200. En el rodado viajaba con su esposa Yanina Liani y el hijo de ella, Iñaki. La familia chocó contra un camión Mercedes Benz L1114 conducido por Raúl Lozano García, quien no tenía licencia de conducir habilitante y el vehículo no contaba con la VTV, según consta en el expediente.

El fiscal Rodolfo Moure, a cargo de la investigación, había pedido la prisión preventiva para el camionero. Pero el magistrado no hizo lugar, dictó la falta de mérito y ordenó liberar a Lozano García, de 48 años, según informó La Nación.

La ingesta de cocaína, dada la sensación de autosuficiencia que produce, posibilita el riesgo de accidentes fundamentalmente de circulación con vehículos a motor, situación que se ha visto reflejada en estas actuaciones, en las cuales la víctima, conductor del vehículo, luego de aproximadamente 16 horas de producido su deceso, aún presentaba en sangre la sustancia estupefaciente. Las principales alteraciones producidas por la cocaína en la conducción son la menor percepción del riesgo, la sobrevaloración de las propias capacidades, impaciencia, impulsividad, agresividad, trasgresión de las normas y alteraciones perceptivas y atencionales, con disminución de la concentración. En tales circunstancias, incurre en imprudencia por emprendimiento el que inicia una actividad, sabiendo que tiene sus facultades disminuidas”, sostuvo el juez de Marco.

El siniestro ocurrió en la Ruta Provincial 88, a la altura del kilómetro 43, cerca de Miramar. El médico y su familia circulaban en sentido hacia la ciudad de Mar del Plata y el camionero en sentido contrario.

Existen varias situaciones que necesitan ser aclaradas, todas cuestiones que a más de dos meses de acontecido el hecho no han sido dilucidadas, lo que impide que Lozano García continúe privado de su libertad, teniendo en cuenta el carácter excepcional de las medidas como la aquí pretendida por el titular de la acción pública, y que el mismo cuenta con domicilio debidamente certificado. Más allá de que se mantiene su íntima vinculación al proceso como imputado, corresponde disponer la libertad, por no existir mérito suficiente, en orden a la apariencia de responsabilidad, en el marco de la hipótesis fáctica plasmada como principal, y sin perjuicio de la ponderación definitiva de los comportamientos que se alcance en la etapa procesal correspondiente”, aseveró el magistrado al fundamentar su decisión.

Para el fiscal, el camionero, imprudentemente, ingresó en la ruta 88 “cruzando el camión sobre la ruta, en horario nocturno, con escasa visibilidad por no contar con iluminación artificial, y con deficiencias lumínicas en el camión” y, esta circunstancia, no fue advertida por Quirós, que circulaba a “elevada velocidad”, lo que provocó que impactara contra el acoplado.

 


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