El gobierno nacional, a través de Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, determinó un ajuste en el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), que establece una serie de aumentos progresivos que entrarán en vigor en abril y se extenderán hasta agosto. La medida se oficializó este viernes 9 de mayo, a través de la Resolución 5/2025 del Boletín Oficial. Esto afecta a todos los trabajadores comprendidos en el régimen de la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo y sus modificatorias.
Según la resolución, el salario mínimo se incrementará de manera gradual, comenzando en abril de 2025 con un monto de $ 302.600 para los trabajadores mensualizados que cumplan con la jornada completa, y se ajustará en los meses siguientes hasta alcanzar $ 322.000 en agosto de este año. Además, los trabajadores jornalizados recibirán una tarifa por hora que también experimentará un ajuste progresivo.
El incremento se realiza siguiendo una fórmula establecida por la legislación vigente, que considera diversos factores económicos y sociales y se debe a un nuevo fracaso de la reunión del Consejo del Salario, en la que el sector empresarial y los sindicatos no llegaran a un acuerdo.
La anterior actualización del SMVM había sido definida por el gobierno nacional en diciembre de 2024. Fue así como el Poder Ejecutivo fijó por decreto que desde el 1º de diciembre el monto a percibir por los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo sería de $ 279.718, en tanto que el valor de la hora, para los trabajadores jornalizados, ascenderá a $ 1.399.
Salario mínimo: así será el aumento mes por mes
A partir del 1 de abril de 2025, el salario mensual se fijará en $ 302.600, un incremento de $ 6.218 respecto de marzo. Para los trabajadores jornalizados, la tarifa por hora será de $ 1.513. En mayo de 2025, el salario mensual aumentará a $ 308.200, y para los trabajadores jornalizados, la tarifa se incrementará a $ 1.541. Llegará a $ 313.400 en junio, a $ 317.800 en julio y a $ 322.000 en agosto, cuando se prevé que el ajuste alcance su valor máximo.
Además del ajuste salarial, la resolución también establece modificaciones en la prestación por desempleo, beneficiando a aquellos trabajadores que, por diversas razones, se encuentren en una situación de cesantía. De acuerdo con el artículo 2 de la resolución, la prestación será equivalente al 75% de la mejor remuneración mensual de los 6 meses anteriores al cese laboral, aunque en ningún caso podrá ser inferior al 50% del salario mínimo ni superior al 100% del SMVM.
>Abril de 2025: $ 302.600 para mensualizados a jornada completa y $ 1.513 por hora para jornalizados.
>Mayo de 2025: $ 308.200 para mensualizados a jornada completa y $ 1.541 por hora para jornalizados.
>Junio de 2025: $ 313.400 para mensualizados a jornada completa y $ 1.567 por hora para jornalizados.
>Julio de 2025: $ 317.800 para mensualizados a jornada completa y $ 1.589 por hora para jornalizados.
>Agosto de 2025: $ 322.000 para mensualizados a jornada completa y $ 1.610 por hora para jornalizados.
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