Un grupo de legisladoras de Unión por la Patria presentó un proyecto de ley tendiente a “preservar el desarrollo del Turismo Social a lo largo y ancho de toda la República y en el marco de la Ley 25.997”, al tiempo que busca que las Unidades Turísticas de Chapadmalal (Mar del Plata, provincia de Buenos Aires) y Embalse (Río Tercero, provincia de Córdoba) sigan siendo destinadas exclusivamente al turismo social, es decir, a las personas de menores ingresos.
El proyecto de ley tiene la firma de 4 diputadas de nacionales: Mónica Litza (provincia de Buenos Aires), María Liliana Paponet (Mendoza), Ana Ianni (Santa Cruz) y Eugenia Alianiello (Chubut), según informó el portal Turismo 530. En el texto queda plasmada la intención de declarar “dichos inmuebles como intransferible” y de derogar toda norma que se oponga al “uso exclusivo y excluyente de turismo social” para ambos complejos turísticos.
Deja en claro que “en caso de concesiones, cesiones o readecuaciones, las instalaciones previamente mencionadas solo podrán ser utilizadas con la finalidad del turismo social con visión federal e inclusiva”. Asimismo “el Estado Nacional deberá asignar una partida presupuestaria específica para el financiamiento del programa de turismo social valiéndose de las herramientas económicas que crea pertinentes”.
Luego de una temporada de verano en la que se ofrecieron estadías desde los $ 3.000 diarios por persona para particulares, el complejo de Chapadmalal cerró este 4 de marzo. Habitualmente, algunas de las unidades solían quedar abiertas hasta Semana Santa. Y se desconoce si en temporada baja permanecerá alguna de las unidades en funcionamiento.
Este cierre anticipado se da en un marco de incertidumbre también en torno al futuro de las distintas áreas dependientes del gobierno nacional y respecto demoras en los nombramientos: de hecho, todavía se espera la designación oficial del reemplazante de Sergio Salinas Porto, quien ejerció como director de la Unidad Turística Chapadmalal durante la gestión de Alberto Fernández.
El proyecto de Ley
Artículo 1º— A fin de preservar el desarrollo del Turismo Social a lo largo y ancho de toda la República y en el marco de la Ley 25.997:
El Complejo Unidad Turística de Chapadmalal, ubicado en la localidad de Chapadmalal, Provincia de Buenos Aires y el Complejo Unidad Turística de Embalse de Río III, Departamento de Calamuchita, Pedanía Cóndores, Municipio de Embalse, Provincia de Córdoba son en su totalidad de uso exclusivo y excluyente de turismo social.
Artículo 2º— Declárese dichos inmuebles como intransferible.
Artículo 3º— Derógase toda norma que se oponga al destino expresado en el artículo 1º de la presente ley.
Artículo 4º— En caso de concesiones, cesiones o readecuaciones, las instalaciones previamente mencionadas solo podrán ser utilizadas con la finalidad del turismo social con visión federal e inclusiva.
Artículo 5º— El Estado Nacional deberá asignar una partida presupuestaria específica para el financiamiento del programa de turismo social valiéndose de las herramientas económicas que crea pertinentes.
El financiamiento de dicho programa como así también de las instalaciones previamente mencionadas, será entera responsabilidad del Ejecutivo Nacional.
Artículo 6º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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