20/10/2023 | Noticias | Sociedad

Veda electoral: hasta cuándo rige y qué actividades prohíbe

Comenzó hoy viernes a las 8:00 y fija pautas de comportamiento tanto para los candidatos como para los electores.


Las campañas y publicidades electorales de los candidatos de todas las fuerzas políticas de cara a las elecciones nacionales concluyeron este viernes a las 8:00, a 48 horas del inicio de los comicios que se desarrollarán el domingo en todo el país.

La veda electoral contempla la prohibición de realizar actos públicos, proselitismo, publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, según establece la legislación. Cabe destacar que durante la veda seguirá operativa la página web oficial padron.gob.ar para consultar en el padrón electoral donde se vota, la mesa y número de orden que corresponde.

Además, el artículo 71 del Código Electoral indica que el día de la elección está prohibido publicar y difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de los comicios entre las 8:00 y las 21:00, es decir durante la realización de los comicios y hasta 3 horas después de finalizados los mismos. 

Si los candidatos no cumplen con la veda podrán perder el derecho a recibir contribuciones, subsidios y recursos de financiamiento público anual por un plazo que oscila entre uno y cuatro años. También dejarán de percibir, según la norma, fondos para el financiamiento de una o dos elecciones, según informó la Agencia Télam.

Según lo establece el artículo 140, la pena prevista para quien "con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo" va desde los 2 meses a los 2 años de cárcel, mientras que a quien "utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio tendrá hasta 3 años de presión".

En tanto, a los ciudadanos se les podrá cobrar una multa comprendida de entre $ 10.000 y $ 100.000 si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación. La misma sanción será aplicada a aquellas personas que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.

Por su parte, se encuentra prohibida la venta de bebidas alcohólicas desde las 20:00 del sábado 21 y hasta 3 horas después de finalizada la elección de este domingo 22, es decir, hasta a las 21:00. Al infractor le corresponde una pena de prisión de entre 15 días y 6 meses.

La veda también prohíbe realizar las siguientes actividades durante el día de la elección:

-Reuniones de electoras y electores dentro de un radio de 80 metros alrededor de la mesa receptora de votos.

-Espectáculos, fiestas teatrales, deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.

-Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.

-Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de los lugares de votación.

-A las electoras y electores: la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.

-Realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado.

-Abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.

 


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