17/07/2023 | Noticias | Sociedad

Villa Gesell: un pastor evangélico fue condenado por 2ª vez por abuso sexual a menores pero ahora tampoco irá a prisión

Recibió una pena de “tres años de prisión de ejecución condicional” por haber abusado de dos menores de 12 y 14 años. En 2011, había recibido una condena similar, aunque de un año.


Un fallo del juez Dr. Emiliano Lázzari, a cargo del Tribunal en lo Criminal Nº 1 de Dolores, sentenció a 3 años de prisión condicional a un pastor de una Iglesia Evangélica de Villa Gesell por dos casos de abuso sexual a menores. Lo curioso es que el hombre, identificado como Eduardo Luis Di Giantonio, ya tenía una condena por abuso sexual a menores en la que tampoco había ido a la cárcel.

La condena se determinó en el marco de un juicio abreviado, informó el portal Noticias Policiales. Según la resolución, el Fiscal Dr. Juan Manuel Dávila y el defensor oficial asignado Di Giantonio, el Dr. Rolando Enrique Brown, consensuaron con acuerdo expreso del imputado la calificación de los hechos y el estimado de la pena a imponer.

El juez puntualizó en el veredicto de la existencia de dos hechos ilícitos. El primero fue en 2008 y tuvo lugar en el interior del "Centro Cristiano Vida Nueva" de Villa Gesell. Allí el condenado abusó sexualmente de una nena de 12 años “mediante tocamientos de sus partes íntimas por sobre por sobre las ropas, intentando besarla y apoyándola contra su cuerpo”. El fallo resalta que “en todas las ocasiones” el abusador y la víctima se “encontraban a solas”.

El segundo hecho por el que el pastor evangélico fue condenado ocurrió entre octubre de 2008 y febrero de 2009, en el mismo lugar. En este caso, el abuso sexual reiterado tuvo como víctima a una chica de 14 añoscon tocamientos indecentes, consistentes en tocarle su cola por sobre y por debajo de sus ropas” y también consigna que el abusador y la víctima se “hallaban a solas”.

Las pericias psicológicas a las víctimas certificaron la no existencia de indicadores compatibles confabulación, ni ideaciones construidas, inducidas o motivadas por terceros. Las menores dijeron haber tenido vergüenza de contar lo que sucedía y relataron cómo el imputado aprovechaba los momentos a solas para efectuar esos tocamientos, aclarando que nunca habían existido amenazas, que les decía que las quería, y que tampoco nuca tuvo intenciones de mantener relaciones sexuales.

Ante la evidencia reunida, el juez Lázzari resolvió condenar a Di Giantonio, de 63 años de edad, como autor del delito de "abuso sexual simple agravado por ser cometido por ministro de culto religioso, dos hechos en concurso real entre sí", imponiéndole "tres años de prisión de ejecución condicional" y el cumplimiento de pautas de conducta, entre ellas, la "prohibición de mantener contacto y/o comunicación con ninguna de las víctimas ni en forma presencial y/o a través de redes sociales ni por intermedio de terceras personas".

En el expediente también consta que Di Giantonio había sido condenado en abril de 2011 en un juicio abreviado a “un año de prisión de ejecución condicional" por un hecho de similares características, también en perjuicio de una menor.


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