07/07/2023 | Noticias | Sociedad

Fe de Vida: cómo es el nuevo trámite para los jubilados tras eliminarse la gestión presencial

La Cámara de Diputados convirtió en ley un proyecto que suprime el requisito que exigía acercarse al banco para poder cobrar los haberes. Comenzará a regir cuando se publique en el Boletín Oficial.


Los jubilados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), que alcanzan a 7,3 millones de adultos mayores, no deberán dar su fe de vida presencial en los bancos para cobrar la jubilación, una vez que se promulgue la modificación de Ley 26.074, sancionada el miércoles pasado en el Congreso de la Nación.

Hasta el momento había unos 3,2 millones de jubilados que gozaban de ese beneficio de no tener que ir a la entidad bancaria para dar fe de vida, tras acuerdos entre algunas entidades bancarias y la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), según informó la Agencia Télam.

Pero con la nueva Ley, todas las entidades que aún exigían el requisito de supervivencia estarán obligadas a adaptarse a las nuevas reglas. En rigor, según establece el texto normativo, "en ningún caso podrán requerirse trámites adicionales a cargo del beneficiario o apoderado de la prestación más allá de las verificaciones realizadas al momento del cobro presencial que eventualmente se realice".

Fe de Vida: las nuevas formas de acreditarla
Por lo tanto, a partir de la publicación de la Ley en el Boletín oficial, los bancos que aún pedían la fe de vida presencial, deberán implementar alguna opción alternativa como pedir al beneficiario que haga una compra con la tarjeta de débito o crédito asociada a la cuenta bancaria de la seguridad social o que realice trámites en cajeros automáticos usando huella digital.

Otra posibilidad es que el jubilado ingrese a la página web o aplicación del banco donde se cobre el haber jubilatorio y haga el trámite 100% online, o bien ponga la huella digital en los tótems de ANSES que están en las sucursales bancarias u otra opción que otorgue la entidad bancaria

Estas modalidades ya estaban siendo implementadas por los bancos públicos en su mayoría, y algunos privados. No obstante, algunas entidades privadas imponían restricciones etáreas para poder hacer uso de estas modalidades, y ahora todas las entidades estarán obligadas a aceptar alguna de estas condiciones o formular la suya propia, para que el jubilado no tenga que acercarse al banco de manera presencial.


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