El Ente Nacional de las Comunicaciones (Enacom) autorizó un nuevo aumento a partir de octubre y otro en diciembre en los servicios de telefonía móvil, internet y televisión.
La medida fue publicada este viernes 23 de septiembre en el Boletín Oficial con la firma del titular del organismo, Claudio Ambrosini. De acuerdo al documento, la primera suba será del 19,80% y la segunda de 9,80%. Ambos incrementos alcanzarán a los precios minoristas de cualquiera de los planes que ofrecen las compañías.
Asimismo, se fijaron valores máximos para el sistema prepago: $36 la recarga de 50 MB de datos móviles por día ($39,50 en diciembre), 55 centavos el segundo de voz (60 centavos en diciembre) y $7,20 el valor de un mensaje de texto (7,90 en diciembre), en todos los casos con impuestos incluidos.
Según argumentó Enacom la medida se apoya en “las dificultades” de las licenciatarias ante “los mayores costos y el impacto de las oscilaciones de las principales variables económicas”.
Vale recordar que, en plena pandemia y con las telecomunicaciones como medio clave para la continuidad de los vínculos sociales, educativos y laborales, el presidente Alberto Fernández lanzó el DNU 690/20, que categorizó como un derecho humano básico el acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones.
Además, la normativa designó al Enacom como el organismo encargado de regular los aumentos de tarifas del sector. Sin embargo, en varias oportunidades se dieron pujas judiciales entre las firmas y la entidad gubernamental.
En este marco, se aclaró que aquellas empresas que hayan subido sus precios por encima de los incrementos autorizados “no podrán proceder a computar los plazos legales para suspensión y/o corte del servicio ante la falta de pago, sino solo a partir de la nueva factura emitida o ajustada conforme las disposiciones vigentes”.
Además, reiteró que “deberán proceder a los ajustes pertinentes en los casos de pagos ya efectuados por sus clientes, mediante el reintegro de los importes facturados en exceso en la próxima factura a emitir, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican por mora en el pago de facturas”.
Los aumentos alcanzan a las empresas licenciatarias de Servicios de Comunicaciones Móviles, Servicios de Valor Agregado de Acceso a Internet, Servicios de Telefonía Fija, Servicios de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico o radioeléctric, y Servicios de Comunicación Audiovisual de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo satelital.
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