La medida fue adoptada por el magistrado Mariano Camarda contra Marcos Abdala, quien es juzgado en un proceso oral y público por haber matado a un perro de raza Terranova llamado "Byron"
En el juicio en el que declararon más de 15 testigos se acreditó que Byron "falleció a causa de un desgarro en el hígado provocado por una patada que le dio el imputado la noche del 21 de septiembre de 2020" en la zona céntrica de la ciudad de General Roca.
De acuerdo con la reconstrucción del episodio, Abdala caminaba con dos mujeres jóvenes por la plaza de calle Mitre, de esa ciudad, y una de ellas llevaba con una correa un cachorro de pequeño porte cuando Byron "se les apareció desde atrás".
El Terranova se había escapado de su casa ubicada a aproximadamente ocho cuadras del lugar y a causa de su gran tamaño habría generado temor en el cachorro y en el grupo de personas que caminaban por el lugar.
En ese marco, Abdala le dio al menos una patada en el abdomen a Byron, que caminó unos metros, cayó en la vereda, convulsionó y murió en un lapso de un minuto a causa de la hemorragia interna.
La declaración de los veterinarios en el juicio permitió al juez concluir que el perro falleció como consecuencia de la lesión interna generada por el fuerte traumatismo de la patada.
Asimismo, el juez no hizo lugar a los argumentos exculpatorios que planteó la defensa, que alegó que se trató de una acción necesaria en defensa del cachorro.
El magistrado remarcó que el imputado tenía alternativas para salir de una hipotética situación de peligro sin causar daños.
"La situación de peligro no se apreció inminente, puesto que más allá de la entendible reacción del cachorro al acercarse subrepticiamente un perro del tamaño de Byron, y que esto pudo haber atemorizado también al acusado y a sus acompañantes, ningún testigo hizo mención a una actitud hostil por parte de Byron que pusiera efectivamente en peligro la integridad física del cachorro", fundamentó el juez Camarda.
Además, el magistrado señaló que la patada no fue provocada "por el solo espíritu de perversidad" del acusado, al tiempo que consideró que el joven no lo hizo "por una tendencia sádica o experimentando placer al hacerlo".
Sin embargo, el juez Camarda concluyó que se trató de una conducta "desmedida, violenta y a todas luces dañina", encuadrada penalmente en un acto de crueldad contra el animal, ya que, afirmó, "no tuvo justificativo por más súbita y repentina que haya sido la aparición de Byron".
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