Un jurado popular integrado por 12 personas dictaminó esta tarde que Lucas Pitmann, Tomás Jaime y Juan Cruz Villalba no son culpables del delito de abuso sexual agravado en perjuicio de una menor de 14 años ocurrido en el camping El Durazno de Miramar.
El veredicto se conoció esta tarde en el Teatro Auditorium luego de que el jurado deliberara al terminarse los alegatos de los defensores y de la parte acusatoria ante el juez Fabián Riquert. Debido a la modalidad de juicio no se conocerán fundamentos de esta determinación ni tampoco cómo fue la votación en términos de cantidad de jurados a favor de la no culpabilidad o de la culpabilidad.
El juicio congregó a familiares de la menor junto a organizaciones sociales, que mostraron un fuerte rechazo al veredicto.
El hecho denunciado ocurrió el 1 de enero 2019. De acuerdo a la investigación, que estuvo a cargo de la fiscal Florencia Salas, los imputados abusaron sexualmente de la adolescente entre las 4 y las 6 del 1 de enero, “aprovechándose de la edad” de ella y de que “no podía consentir libremente el accionar”.
“Ganó el prejuicio contra las mujeres”, fue lo primera reflexión que hizo el abogado de la familia Maximiliano Orsini al lamentar el veredicto.
El letrado reconoció que el fallo resulta “increíble” ya que aseguró que los integrantes del jurado no tuvieron en cuenta la prueba científica de ADN que había contra los jóvenes imputados. “Esperaba mínimamente la culpabilidad de uno o dos, que eran los más comprometidos desde el punto de vista probatorio”, señaló.
En diálogo con 0223, Orsini confirmó que estuvo en contacto con la familia después de conocerse los alcances de la sentencia y aseguró que la madre de la menor estaba “mal y muy enojada”. “Este es un fallo que no solo es desfavorable para este caso sino que es preocupante para el futuro de todas las mujeres”, advirtió.
El abogado lamentó que la ley “esté hecha para los imputados y no para la víctima” y sostuvo que en esta instancia “ganó el prejuicio contra las mujeres”. “Más allá de que había prueba contundente para un tribunal técnico, acá ganó eso y no se puede discutir porque así es la sociedad, por lo menos en Mar del Plata”, señaló.
Además, el representante legal del particular damnificado recordó que no se pueden impulsar recursos extraordinarios para tratar de revocar el veredicto ya que, al desarrollarse bajo esta modalidad de juzgamiento, su carácter es inapelable.
En este marco, Orsini recordó los planteos de “inconstitucionalidad” que había formulado el año pasado contra la posibilidad de tratar un caso de abuso sexual en un juicio por jurados. “Estos son delitos muy delicados que ameritan la intervención de un juez técnico”, dijo.
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