Este lunes comenzó una nueva ronda de inscripciones para la adjudicación durante julio de 54.175 créditos personales e hipotecarios para la construcción, refacción o compra de viviendas, a través de los programas Casa Propia y Procrear II.
Este mes se conocerán los resultados de las personas que se anoten a la línea Casa Propia y Procrear II, que servirán tanto para construir una vivienda nueva, 21.113 créditos a tasa cero para construcción, como también se sortearán 25.000 créditos para refacciones o terminaciones.
Requisitos para la inscripción a las líneas de refacción de Casa Propia:
- Ser argentino/a natural o por opción, o extranjero con residencia permanente.
- Contar con Documento Nacional de Identidad vigente.
- Contar con ingresos provenientes de trabajos formales, Jubilaciones y/o Pensiones. La suma de los ingresos mensuales netos del grupo familiar deberá estar entre los $25.000 y $175.000.
- Tener entre 18 y 68 años al momento de la inscripción.
- Ser propietario o alquilar un inmueble que cuente con algún tipo de déficit cualitativo.
- No registrar antecedentes financieros desfavorables en los últimos 9 meses.
- No encontrarse inhibido/a.
- Registrar 12 meses de antigüedad en la actividad (empleados/as e independientes).
- Los participantes podrán incluir solo un/a cotitular, al que deberán estar unidos/as por alguno de los siguientes vínculos:
- Matrimonio, en este caso, el/la cónyuge será considerado/a cotitular automáticamente.
- Unión convivencial.
- Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.
Requisitos para la inscripción a la línea de Construcción Casa Propia
- Ser argentino/a natural o por opción, o extranjero con residencia permanente.
- Contar con Documento Nacional de Identidad vigente.
- Contar con ingresos provenientes de trabajos formales, jubilaciones y/o pensiones. La suma de los ingresos mensuales netos del grupo familiar deberá estar entre los $53.500 y $175.000.
- Tener entre 18 y 64 años al momento de la inscripción.
- No ser propietarios/as o copropietarios/as de bienes inmuebles, con excepción de los casos previstos en las Bases y Condiciones.
- No registrar antecedentes financieros desfavorables en los últimos 9 meses.
- No encontrarse inhibido/a.
- Registrar 12 meses de antigüedad en la actividad (empleados/as e independientes).
- No se admitirán terrenos que: se encuentren en barrios cerrados o privados, que su tasación supere los $3.500.000, o que no sean de titularidad de los/as solicitantes (salvo familiares directos). El terreno deberá estar escriturado antes del 31/3/2021, salvo que el terreno provenga de un organismo público.
- Solo será posible construir los Modelos de Viviendas del Programa (a excepción de quienes construyan al fondo o arriba de la casa de sus padres). La construcción deberá destinada a la Construcción de vivienda única, familiar y de ocupación permanente y no superar los 60 m2 de superficie.
Requisitos para la inscripción al Procrear II
- No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años;
- No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción;
- Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente;
- Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país;
- Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción;
- Acreditar el estado civil declarado, excepto el estado civil soltero.
- Además, presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder;
- Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente –tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente– entre 2 SMVyM y 8 SMVyM;
- Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada;
- No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos doce (12) meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.
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