En el marco del mecanismo de consultas y validación de las excepciones de determinadas actividades y servicios, al aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) que implementó el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires para los 135 municipios, se tomaron una serie de definiciones generales.
Estas disposiciones serán implementadas en toda la Provincia y, según fuentes oficiales, responden a la aplicación de un sistema a través del cual se realiza un abordaje diferenciado y localizado de las medidas de gobierno en el marco de la actual etapa del ASPO. En tal sentido, para cada uno de los distritos de la Provincia, el Ministerio de Salud ha procedido a analizar la cantidad de casos confirmados y sospechosos y el número de fallecimientos por el virus SARSCov-2.
Asimismo se tuvieron en cuenta las características sociodemográficas de cada distrito, las cuales podrían resultar en diferentes grados de riesgo de propagación de la infección y tasa de letalidad del virus en cada municipio.
En este marco, el portal Infocielo publicó las excepciones al ASPO que serán aplicables en TODA la Provincia:
 
-Actividades manufactureras y de construcción privada. Siempre y cuando se cumplan todos los parámetros epidemiológicos y sanitarios requeridos por la normativa nacional y provincial; se presenten estrictos protocolos sanitarios y de funcionamiento; se verifiquen las posibilidades de fiscalización por parte del distrito; y las empresas garanticen el traslado de los trabajadores y trabajadoras, sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros.
-Actividades comerciales de cercanía. Siempre y cuando se cumplan todos los parámetros epidemiológicos y sanitarios requeridos por la normativa nacional y provincial; se presenten estrictos protocolos sanitarios y de funcionamiento; se verifiquen las posibilidades de fiscalización por parte del distrito; y se asegure que la apertura de los locales comerciales sea operada por sus propios dueños o con empleados y empleadas locales.
En el comunicado emitido por el Ministerio de Comunicación Pública, se sugiere, además, que la atención y entrega de los productos, de ser posible, se realice en la vereda de los comercios, sin necesidad de ingreso al local y con las medidas de distanciamiento social que correspondan.
En tanto que NO se habilitarán las siguientes actividades comerciales y de servicios para atención al público del AMBA y otros aglomerados de más de 500.000 habitantes:
-Servicios de alojamiento.
-Servicios de peluquería y estética.
-Venta minorista de productos textiles; prendas y accesorios de vestir; calzado; juguetes; artículos de esparcimiento y deportes: sólo venta telefónica o por canales electrónicos, con entrega a domicilio.
-Servicios de comidas y bebidas: solo entrega a domicilio o retiro en el local.
Por último, el Gobierno que encabeza Axel Kicillof, recuerda que se encuentran absolutamente prohibidas en todo el territorio nacional las siguientes actividades:
-Dictado de clases presenciales de todo tipo y especie.
-Eventos públicos y privados de todo tipo y especie.
-Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público que implique la concurrencia de personas.
-Transporte público de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional.
-Actividades turísticas y apertura de parques, plazas o similares.
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