En su última sesión, la Cámara de Diputados bonaerense convirtió en Ley el proyecto impulsado por la senadora del Frente de Todos, Gabriela Demaría, que modifica las multas y sanciones aplicables al procedimiento de Defensa del Consumidor de la provincia de Buenos Aires, cuyos montos fueron fijados en el año 2004 en un rango de $ 100 a $ 500.000 y que no habían sido actualizados desde entonces.
“Luego de 18 años, la actualización de la multa tiene una trascendencia enorme en materia de derecho del consumo, ya que un monto exiguo no genera motivación para que las empresas cumplan”, remarcó la legisladora oriunda del Partido de La Costa.
Demaría explicó que “al no modificarse las sanciones durante todo este tiempo, las personas consumidoras tenían, en 2022, una protección menor de derechos que en el año 2004, donde los $ 500.000 representaban una suma mucho mayor y por lo tanto un elemento disuasorio más relevante para que las empresas cumplan”.
En ese sentido, Demaría promovió la modificación del artículo 73 de dicha norma incorporando no sólo una ampliación de la multa, cuyo monto será equivalente a una suma comprendida en la escala de 0.5 a 5.000 salarios mínimos vitales y móviles, sino también la implementación de una fórmula móvil de actualización automática para evitar que, como ocurre en la actualidad, pierda el efecto disuasorio con el paso del tiempo. A valores actuales, el tope de la multa pasa de $ 500.000 a más de 309 millones de pesos.
“El consumo es un derecho humano y como tal debe progresar, no retroceder como venía ocurriendo. Esta ley viene a corregir esta situación de postergación”, enfatizó Demaría.
Personas consumidoras hipervulnerables
Asimismo, la iniciativa impulsada por Gabriela Demaría modifica Ley 13.133, incluyendo en la legislación provincial la figura de personas consumidoras hipervulnerables para proteger los derechos de los colectivos más desfavorecidos.
La Legisladora del Frente de Todos, que preside la Comisión de Usuarios y Consumidores del Senado, destacó la relevancia de esta Ley en la materia que convierte a “nuestra Provincia en la primera en reconocer los derechos de las personas consumidoras hipervulnerables en todo el país, con la incorporación fehaciente de esta figura en su legislación”.
La iniciativa establece que las medidas de protección deberán “acentuarse respecto de los consumidores hipervulnerables que pertenezcan a colectivos sociales afectados por causales de vulnerabilidad agravada, desfavorecidos o en desventaja, tales como las niñas, niños y adolescentes, adultos mayores, personas enfermas o con discapacidad, entre otros, que se vean afectadas por circunstancias que provoquen especiales dificultades para ejercer con plenitud sus derechos como consumidores”. Asimismo, dispone sanciones más severas en infracciones contra estas personas, que podrán hasta duplicarse en razón de la situación.
La Ley sancionada se enmarca en la necesidad de abordar la asimetría estructural que caracteriza a las relaciones de consumo, habida cuenta que las personas consumidoras ocupan la posición más débil frente a los proveedores de bienes y servicios. “Esta situación se profundiza en algunos casos ya que no todos estamos en iguales condiciones frente al mercado”, explicó Demaría. En ese sentido, la incorporación de la figura de personas consumidoras hipervulnerables implica reconocer la vulnerabilidad agravada relacionada a diferentes aspectos como la edad, las condiciones psicofísicas y socioeconómicas, etc.
Finalmente, Demaría dijo que “es un orgullo para mí que podamos sancionar esta Ley que viene a ampliar los derechos y a saldar esta deuda con las personas consumidoras y por ende con el conjunto de las y los habitantes de la Provincia”.
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