Día del Trabajador Penitenciario: por qué se celebra el 16 de julio en Argentina
Fue establecido en 1949 en honor Nuestra Señora del Carmen, considerada la patrona de las cárceles e institutos penitenciarios. Aunque su nombre oficial actual Día del Servicio Penitenciario Federal, originalmente se lo conoció como Día del Agente Penitenciario.

El Día del Servicio Penitenciario Federal coincide con el Día de Nuestra Señora del Carmen, que fue establecido en 1949 mediante decreto.
El Día del Servicio Penitenciario Federal se celebra en Argentina el 16 de julio con el objetivo de honrar a esta fuerza de seguridad, que tiene a su cargo el gerenciamiento y la administración de los establecimientos penitenciarios y la ejecución de los programas criminológicos destinados a disminuir la reincidencia, a desalentar la criminalidad y a contribuir a la seguridad pública.
El Servicio Penitenciario Federal depende de la Subsecretaría de Relaciones con el Poder Judicial y Asuntos Penitenciarios del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y fue creado en 1933 a través de la Ley Nº 11833 “De Organización Carcelaria y Régimen de la Pena”, según consignó elDiarioAr.
El Día del Servicio Penitenciario Federal coincide con el Día de Nuestra Señora del Carmen, que fue establecido en 1949 mediante decreto. Ese mismo día se decretó que el 16 de julio se celebrase el Día del Agente Penitenciario. El nombre se modificó a Día del Servicio Penitenciario Federal en 1968.
La Virgen del Carmen es considerada la Patrona de la Cárceles e Institutos Penitenciarios. También fue designada Patrona y Generala del Ejército Argentino por el General San Martín y considerada el ángel guardián de los soldados que emprendieron la gesta libertadora.
Funciones del Servicio Penitenciario Federal
>Velar por la seguridad y custodia de las personas sometidas a proceso procurando que el régimen carcelario contribuya a preservar o mejorar sus condiciones morales, su educación y su salud física y mental.
>Promover la readaptación social de los condenados a sanciones privativas de libertad;
>Participar en la asistencia postpenitenciaria.
>Producir dictámenes criminológicos para las autoridades judiciales y administrativas sobre la personalidad de los internos, en los casos que legal o reglamentariamente corresponda.
>Asesorar al Poder Ejecutivo Nacional en todo asunto que se relacione con la política penitenciaria.
>Cooperar con otros organismos en la elaboración de una política de prevención de la criminalidad.
>Contribuir al estudio de las reformas de la legislación vinculada a la defensa social;
>Asesorar en materia de su competencia a otros organismos de jurisdicción nacional o provincial.