15 MAY 2026 - 12:23 | Sociedad
Educación

La Provincia definió qué cargos podrán ocupar los docentes con patologías en la voz

La Dirección General de Cultura y Educación bonaerense redefinió los cargos, tareas, restricciones y protocolos médicos para garantizar la reincorporación. Qué dice la letra chica.

La normativa de la Dirección General de Cultura y Educación bonaerense (DGCyE) definió cuáles son los cargos expuestos a “riesgo de sobrecarga en el uso de la voz”.

A través de la Resolución Conjunta 1750/26, las autoridades educativas de la provincia de Buenos Aires aprobaron un nuevo esquema para recalificar a los docentes que tengan problemas en la voz. La iniciativa define cargos, tareas, restricciones y protocolos médicos para garantizar la reincorporación al sistema de los trabajadores de la educación en base a sus capacidades. 

Como primera medida, la normativa de la Dirección General de Cultura y Educación bonaerense (DGCyE) definió cuáles son los cargos expuestos a “riesgo de sobrecarga en el uso de la voz”. Según el texto publicado en el Boletín Oficial de este viernes, se trata de los maestros, profesores, ayudantes de cátedra y preceptores. Todos los demás quedan afuera de este nuevo sistema.

Esto significa que los docentes que tengan alguna enfermedad en la voz no podrán ejercer ninguno de los cargos que implican un “uso forzoso y continuo” de las cuerdas vocales, informó el portal Infocielo. Sin embargo, “podrá continuar ejerciendo aquellos cargos que no impliquen exposición a una sobrecarga” para lo cual deberá solicitar la intervención de la Dirección de Salud Ocupacional tras pedir la recalificación profesional.

De acuerdo al nuevo esquema, ese cambio de cargos se va a hacer una vez que se acredite la patología y tras la intervención de una junta médica evaluadora. Cumplidos los trámites, el o la docente en cuestión debería ser transferido a uno de los cargos que no implican exposición a un riesgo de sobrecarga en el uso de la voz. De acuerdo al Escalafón Docente General hay más de una decena de posibilidades, todas vinculadas a la dirección, las secretarías o la inspección.

Cabe aclarar que los docentes recalificados podrán seguir participando de actividades pedagógicas, pero solo en “las imprescindibles, por situaciones extraordinarias, y cuando no haya otra persona que pueda realizarlas”. Ante este escenario, según la nueva norma, las tareas en cuestión no podrán superar las 6 horas semanales ni las 12 horas mensuales.