Sábado 07 de septiembre de 2024
25 JUL 2024 - 10:14 | Sociedad
Economía

Monotributo: así quedaron los nuevos topes de facturación y la cuota mensual de cada categoría

El gobierno nacional publicó la reglamentación de las modificaciones del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

La AFIP habilitó la recategorización, un trámite que se puede realizar hasta el 2 de agosto.

El gobierno nacional oficializó este miércoles los cambios en el monotributo aprobados con la Ley Bases y el paquete de medidas fiscales. Las modificaciones, que actualizan los topes de facturación y cuotas, comenzarán a regir a partir del 1 de agosto. La medida fue oficializada a través del decreto 661/2024 publicado en la última edición del Boletín Oficial. 

Allí se detalla que a partir del 2025, la AFIP actualizará los parámetros de facturación en enero y julio de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC y establece que “los montos actualizados surtirán efectos desde el primer día del primer mes inmediato siguiente a aquel en que se efectúe la actualización, inclusive”.

Con la reglamentación de los cambios quedan vigentes los aumentos en los montos de facturación, que según la categoría suben del 201% al 301%. También aumentan los montos del precio unitario de venta, que para quienes venden bienes se incrementa en un 213% para todas las categorías; y en los alquileres devengados anuales, que aumentan del 211% al 309%.

Asimismo, se incrementan las cuotas impositivas, de seguridad social y obra social:

>Cuota impositiva: la suba va entre el 278% y 510%.
>Cuota de seguridad social: aumenta entre el 212% y 343%.
>Cuota de obra social: sube entre 212% y 214%.

Las nuevas escalas del monotributo
Estas son las escalas de facturación anual máxima por categoría que regirán a partir del 1 de agosto:

>Categoría A: pasará de $2.108.288,01 a $6.450.000 (aumento del 206%)
>Categoría B: pasará de $3.133.941,63 a $9.450.000 (aumento del 202%)
>Categoría C: pasará $4.387.518,23 a $13.250.000 (aumento del 208%)
>Categoría D: pasará de $5.449.094,55 a $16.450.000 (aumento del 202%)
>Categoría E: pasará de $6.416.528,72 a $19.350.000 (aumento del 202%)
>Categoría F: pasará de $8.020.660,9 a $24.250.000 (aumento del 203%)
>Categoría G: pasará de $9.624.793,05 a $29.000.000 (aumento del 202%)
>Categoría H: pasará de $11.916.410,45 a $44.000.000 (aumento del 270%)
>Categoría I: pasará de $13.337.213,22 a $49.250.000 (aumento del 269%)
>Categoría J: pasará de $15.285.088,04 a $56.400.000 (aumento del 269%)
>Categoría K: pasará de $16.957.968,71 a $68.000.000 (aumento del 301%)

Monotributo: cuotas mensuales por categoría
>Categoría A: de $12.128,39 a $26.600.
>Categoría B: de $13.561,75 a $30.280.
>Categoría C: de $15.503,51 a $35.458 para servicios y de $15.241,42 a $34.658 para la venta de productos.
>Categoría D: para servicios de $19.497,94 a $45.443,80, y de $19.066,46 a $44.343,80 los que venden productos.
>Categoría E: de $26.945,97 a $64.348,18 (servicios) y de $24.526,43 a $58.148,18 venta de cosas muebles;
>Categoría F: de $33.137,61 a $80.983 para los servicios, y para los que venden productos, de $29.223,11 a $69.783.
>Categoría G: de $38.694,95 a $123.696,20 para servicios y de $33.439,61 a $85.296,20 para los productos.
>Categoría H: para servicios de $66.111,51 a $280.734,68. Mientras, los que venden bienes, de $56.402,68 a $170.734,68.
>Categoría I: la cuota mensual pasaría de $81.121,96 a $255.108,55 para quienes realizan ventas. Los que facturen por servicios y entren a la categoría, en tanto, abonarían $517.608,55.
>Categoría J: de $93.619,47 pasaría a $311.931,97 para ventas y llegaría a $626.931,97 en el caso de los servicios.
>Categoría K: la cuota mensual se irá de $106.964,65 a $377.084,75. En servicios, ascendería a $867.084,75.