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09 FEB 2021 - 11:48 | Política
Economía

AFIP: cómo pedir la devolución del 35% de la compra del dólar ahorro

El trámite está habilitado para monotributistas y trabajadores en relación de dependencia que no están alcanzados por Ganancias. Incluye las compras realizadas en el exterior, como los abonos como Netflix y Spotify.

Para pedir la devolución por los gastos alcanzados por la retención que se hacen a partir del 1 de enero de este año habrá que esperar hasta 2022.

Las personas que no están alcanzadas por el impuesto a las Ganancias ni por Bienes Personales ya pueden consultar ante la AFIP, mediante un aplicativo, si les corresponde pedir la devolución del 35% pagado a cuenta en la compra de dólar ahorro.

El trámite se concreta a través de la página web de la AFIP y ya está habilitado tanto para los monotributistas como para los trabajadores en relación de dependencia que no están alcanzados por el impuesto a las Ganancias, según informó el portal Ámbito.

Para realizarlo se debe ingresar al servicio Siradig Trabajador, "Agregar Retenciones / Percepciones / Pagos a Cuenta" y "Pago a Cuenta - Resolución General (AFIP) 4815/2020" en el sector del Formulario F.572 Web.

La devolución corresponde al recargo del 35% que se aplica sobre las compras de dólar ahorro, pagos en pesos de consumos con tarjetas de crédito en moneda extranjera, compra de pasajes con destino al exterior y compra de servicios en el exterior a través de agencias de turismo, entre otros rubros. Cabe destacar que son aquellos consumos realizados entre el 16 de septiembre, cuando entró en vigencia el impuesto, y el 31 de diciembre de 2020.

Esto incluye no solo a las compras realizadas en el exterior, sino también a pagos de abonos o servicios en dólares, como son el caso de Netflix o Spotify, y gastos en pasajes para viajar fuera del país, entre otros.

Para pedir la devolución por los gastos alcanzados por la retención que se hacen a partir del 1 de enero de este año habrá que esperar hasta 2022.

Cómo pedir la devolución del 35% de la compra del dólar ahorro

Accedé con clave fiscal
Para iniciar el trámite es necesario contar con clave fiscal. Quienes aún no tengan esta clave la puedan generar online en la misma página de AFIP. Para ello hace falta el DNI, el número de CUIL, un mail y generar una contraseña de diez dígitos. Con esto se crea una clave de "nivel 2". Quien ya tiene clave pero olvidó la contraseña puede recuperarla a través de la app de la AFIP o desde un cajero automático.

Con la clave y la contraseña se accede al portal de cada usuario. Una vez allí, hay que ingresar en la opción "Administrador de relaciones de clave fiscal". Y clickear en "Nueva relación". Allí se despliega un listado con el logo de AFIP y hay que optar primero por la categoría en que se encuentra el contribuyente, ya sea autónomo o empleado.

Impuesto PAIS
El siguiente paso es entrar en "Mis retenciones" y que elegir la opción "Impuesto PAIS". Y allí el usuario podrá ver las retenciones que el sistema ya tiene cargadas. Atención: lo que se devuelve no es el impuesto PAIS del 30% sobre la compra del dólar ahorro, sino la retención del 35% de Ganancias. Es decir que de los $ 149 que vale el dólar ahorro hoy el reintegro es de $ 32.

Los agregados
En caso de que el usuario tenga más operaciones alcanzados por este impuesto del 35% que no aparezcan en el listado que le muestra la AFIP, podrá cargar cada una de esas operaciones con la fecha y el número de factura correspondiente o la referencia en el resumen de la tarjeta. Esa carga debe hacerse mes por mes. Una vez completado ese paso se cliquea en la opción "Enviar".

Controles
A partir de ese momento, la AFIP revisará todos los pedidos y constatará si son pertinentes. Es decir, si se corresponden con el nivel de ingresos del contribuyente y si efectivamente éste no está alcanzado por Ganancias y Bienes Personales. Y luego en un plazo que aún no se determinó, le informará al contribuyente cuándo le hará efectiva la devolución.

Cuándo hará el pago AFIP
Cuando la AFIP revise los pedidos y determine la validez, depositará el monto correspondiente en la cuenta informada por el contribuyente a través de la Clave Bancaria Uniforme (CBU). Aún no está definido cuándo la AFIP hará efectivo el pago de esas devoluciones.

Qué pasa con los que pagan Ganancias
Estas personas recién podrán solicitar la devolución cuando completen la declaración anual de Ganancias, en marzo. Y la devolución se concretaría junto con el resto de los reintegros, como los correspondientes a las prepagas y a las empleadas domésticas, entre otras, junto con el pago del sueldo de abril.

Fuente: ambito.com