Viernes 22 de noviembre de 2024
18 DEC 2020 - 18:56 | Política

Nación lanzó el plan básico universal obligatorio para telefonía, internet y TV paga

La iniciativa entrará en vigencia el 1° de enero y estará destinada a unos 10 millones de personas. Los detalles.

El anuncio fue realizado por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el titular del Enacom, Claudio Ambrosini.

El gobierno Nacional lanzó el plan básico universal obligatorio para los servicios de comunicaciones móviles, telefonía fija, conexión fija a internet y tv por suscripción.

El plan fue anunciado por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, junto al titular del Enacom, Claudio Ambrosini, quienes detallaron que entrará en vigencia el 1° de enero y estará destinado a unos diez millones de personas de bajos ingresos.

Entre los planes creados en el marco del plan básico universal obligatorio, Cafiero precisó que en el caso de la telefonía móvil tendrá un precio de $150 bajo el sistema prepago; mientras que en la telefonía fija será de $380 por mes.

En paralelo, el Gobierno autorizará a partir del 1° de enero un incremento del 5% para los servicios de telecomunicaciones. La decisión hará dar marcha atrás a los aumentos dispuestos por la mayoría de las empresas, que habían comunicados a sus clientes subas de hasta el 20% en algunos casos.

La decisión del Gobierno obedece a la idea oficial de ir aumentando de forma gradual todos los servicios que estuvieron congelados en 2020, para que esa actualización no impacte de lleno en los precios y, por ende, en los primeros datos de la inflación de 2021.

 

Quiénes podrán acceder

- Jubilados y pensionados con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos.

- Trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y de la Asignación Universal por Embarazo.

- Beneficiaros de pensiones no contributivas con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, Monotributo Social, trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptos e inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere dos salarios mínimos y seguro de desempleo.

- Los beneficiarios del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares.

- Usuarios y usuarias que perciban una beca del Programa Progresar.

- Personas desocupadas o en la economía informal, y de programas sociales, en todos los casos incluidos sus hijos de entre 16 y 18 años.

- Clubes de Barrio y de Pueblo registrados, asociaciones de Bomberos Voluntarios registrados, entidades de Bien Público sin fines de lucro y organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal.